Cobertura Adicional Enfermedades Catastróficas
El CAEC es un beneficio adicional a su plan de salud, cuyo objetivo es dar cobertura a enfermedades de alto costo.
La Red CAEC es un conjunto de prestadores de salud, individuales (médicos) e institucionales (hospitales, clínicas, institutos) designados específicamente para este propósito.
| RED CAEC Isapre CruzBlanca opera en atención institucional en los siguientes prestadores |
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|---|---|---|---|---|
Dirección |
Ciudad |
Teléfono |
Especialidad |
Tipo de habitación |
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| Av. Tabancura 1185, Vitacura |
Santiago |
395 4000 (mesa central) 395 9500 (horas médicas) |
Clínica Quirúrgica, excepto neurocirugía, neonatología y oncología |
Pluripersonal (Sala) |
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Gral. Holley 2381 Of. 701-705, Providencia |
Santiago |
599 2900 (mesa central) |
Oncología |
(-) |
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| Av. O'Higgins 04, San Bernardo |
Santiago |
373 6500 (mesa central) 373 6600 (reserva telefónica) |
Todas |
Pluripersonal (Sala) |
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| Av. Recoleta 464, Recoleta |
Santiago |
730 8000 (mesa central) 270 2700 (reserva horas médicas) |
Todas, excepto oncología, neurocirugía, neonatología |
Pluripersonal (Sala) |
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| Vital Apoquindo 1200, Las Condes |
Santiago |
240 1200 (call center) 240 1100 (central telefónica) |
Todas |
Pluripersonal (Sala) |
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| Alameda 4860, Estación Central |
Santiago |
299 6100 (mesa central) 299 6000 (call center) |
Todas |
Pluripersonal (Sala) |
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Andrés de Fuenzalida 22 Of. 704, Providencia |
Santiago |
964 0200 |
Servicios Médicos Pediátricos (Neonatal) |
(-) |
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| Av. Santos Dumont # 999, Independencia |
Santiago |
978 8000 (mesa central) 978 8557 (mesa central) |
Todas, excepto oncología |
Pluripersonal (Sala) |
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| Avenida Santa María 1810, Providencia |
Santiago |
362 5555 (mesa central) 362 5400 (call center) |
Todas excepto cardiología |
Pluripersonal (Sala) |
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| Av. Salvador 130, Providencia |
Santiago |
366 2000 (mesa central) 366 2002 (reserva horas médicas) |
Clínico Quirúrgica |
Pluripersonal (Sala) |
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| Manuel Montt 383, Providencia |
Santiago |
813 7759 |
Oncología |
(-) |
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| Lira 40, Santiago |
Santiago |
384 6162 (mesa central) 384 6240 (consulta estado paciente) |
Todas, excepto Oncología adulto |
Pluripersonal (Sala) |
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| Juan Noe 1370 | Arica |
231414 | Todas |
Pluripersonal (Sala) |
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| Manuel Antonio Matta 1945 | Antogafasta |
208102 (Informaciones) 208522(At. Clientes) | Todas |
Pluripersonal (Sala) |
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| Anabaena 336 | Viña del Mar |
2658000 | Todas |
Pluripersonal (Sala) |
| Prestaciones | Tiempo de espera |
|---|---|
Exámanes y procedimientos diagnósticos |
7 días |
Procedimientos terapéuticos e intervenciones quirúrgicas |
30 días |
IMPORTANTE
1.- Para acceder a la cobertura CAEC el beneficiario debe ser expresamente derivado y/o autorizado por la Isapre.
2.- Si no se cumplen los tiempos de espera más arriba señalados, el beneficiario tendrá derecho a que la Isapre le designe un nuevo prestador de la RED, conforme a lo previsto en las Condiciones de la CAEC contenidas en las condiciones generales uniformes, que forman parte del contrato de salud. (IF Nº 12 de 20/01/2006 Superintendencia de Salud).
Este beneficio no cubre aquellas atenciones médicas que se realicen fuera de la Red de prestadores y fuera del territorio nacional.
| Para acceder a la Red CAEC debe: |
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| Solicitar a Isapre CruzBlanca en su red de sucursales la designación de un prestador de la Red. |
| Atenderse con el prestador de la Red designado. |
| Utilizar el tipo de habitación indicado por Isapre CruzBlanca. |
| Atenderse con el o los profesionales designados por la Isapre. |
El CAEC cubre todas las prestaciones hospitalarias. Además cubre las siguientes prestaciones ambulatorias:
- Drogas inmunosupresoras en caso de transplante.
- Radioterapia.
- Drogas citotóxicas aplicadas en ciclos de quimioterapia para el tratamiento del cáncer.
- Medicamentos coadyuvantes o biomoduladores que se usan antes, durante o después de los ciclos de quimioterapia, que estén considerados en los programas del Ministerio de Salud.
En caso de haber sufrido un accidente o urgencia en que el paciente se atendió fuera de la Red CAEC CruzBlanca, el otorgamiento del CAEC se realizará siempre cuando:
- El beneficiario o su representante soliciten el ingreso a la Red CAEC de Isapre CruzBlanca.
- El médico tratante autorice el traslado.
- Isapre CruzBlanca derive al paciente a un prestador de la RED CAEC, en un plazo de dos días hábiles, contados desde la formulación de la solicitud respectiva.
- Una vez cumplidas las condiciones señaladas, y desde la fecha en que el paciente ingrese al prestador de la Red CAEC, se iniciará la cobertura y el cómputo del deducible.
Siempre que se quiera hacer uso de la Cobertura Catastrófica, el beneficiario o su representante deberán dar aviso en una sucursal de Isapre CruzBlanca; se encuentre o no el paciente en un prestador de la Red.
- De estar internado en un prestador de la Red:
El aviso debe darse dentro de las primeras 48 horas, contadas desde el ingreso al centro asistencial. - De estar internado en un prestador fuera de la Red:
El aviso debe darse de inmediato.
El primer paso del beneficiario será llenar el formulario "Solicitud de incorporación a la red cerrada de cobertura adicional para enfermedades catastróficas (CAEC) y GES/Auge-CAEC". Una vez que la Isapre reciba la solicitud, tendrá hasta tres días hábiles para rechazar o aceptarla, y en este último caso designar el prestador de la Red.
Luego, el beneficiario o su representante deberán formalizar la aceptación del prestador a través del formulario "Derivación a la red cerrada de atenciones para enfermedades catastróficas (CAEC)".
El CAEC no se aplica durante el plazo de restricción que afecta a las enfermedades preexistentes declaradas o en el período que le reste al beneficiario para cumplir dicho plazo, según la fecha de suscripción de su contrato de salud.
Si la patología es cubierta por el GES/Auge, se debe hacer efectivas las Garantías Explícitas en Salud, es decir, se debe acudir al GES/Auge. Sin embargo, existe un beneficio especial denominado GES/Auge-CAEC, cuyo objetivo es cubrir aquellas prestaciones médicas que no se encuentran garantizadas por el GES/Auge, pero que sí se contemplan en las Guías Clínicas elaboradas por el Ministerio de Salud para cada problema de salud, incluído en el GES/Auge.
Deducible de Cobertura Catastrófica:
El deducible CAEC es un monto de dinero sobre el cual comienza a operar la cobertura CAEC. Este deducible se enterará a través de la suma de los copagos, es decir, los montos a pagar por el cotizante correspondiente a un mismo diagnóstico, que habrán de ser acumulados por el afiliado para tener derecho a esta cobertura. Equivale a la cantidad de 30 veces la cotización pactada en el plan de salud -por cada beneficiario que lo utilice- con un mínimo de 60 UF y un máximo de 126 UF, dependiendo de la enfermedad catastrófica o diagnóstico. Por ejemplo, si cotiza 3 UF en su plan de salud, su deducible será 90 UF, por lo que el monto máximo a pagar en una hospitalización en que ha aceptado ingresar a la Red CAEC será de 90 UF.
Una vez pagado el deducible correspondiente, Isapre CruzBlanca cubrirá en un 100% los gastos originados por la enfermedad catastrófica.
Este deducible es anual, ésto es, se acumula durante un año contabilizado desde la fecha en que el beneficiario correspondiente registre el primer copago por una enfermedad catastrófica. Una vez cumplido un año, el beneficio debe ser renovado por el propio afiliado.






