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Trámites:
Licencias Médicas
Todo lo que necesitas saber acerca de las Licencias Médicas y al hacer este trámite.

La licencia médica es un documento que puede ser extendido por un médico, cirujano-dentista o matrona, mediante el cual el profesional certifica y permite a los afiliados a un sistema de salud, ausentarse del trabajo o reducir la jornada laboral, durante un tiempo determinado.
Además, los faculta para obtener un subsidio por incapacidad laboral cuando corresponda.
¿Cuáles son los requisitos que necesito para recibir el subsidio?
| Requisitos | |
| Trabajador dependiente |
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| Trabajador independiente |
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¿Cuánto tiempo tengo para presentar la licencia médica?
El trabajador dependiente tiene 2 días hábiles para presentar la licencia médica a su empleador, y el independiente tiene un plazo de 2 días contados desde la fecha de emisión para presentar la licencia médica en cualquiera de las sucursales de Isapre CruzBlanca, ubicadas a lo largo del país.
¿Cuánto tiempo tengo para cobrar una licencia médica?
El derecho a cobro de la licencia médica prescribe en 6 meses contados desde el término de la respectiva licencia médica para trabajadores dependientes e independientes con pago directo a ellos.
¿Qué documentos debo adjuntar a la licencia médica?
| Tipo de Cotizante | Licencia Curativa | Licencia Maternal |
| Trabajador dependiente |
Fotocopia de las últimas 3 liquidaciones de sueldo anteriores al mes que inicia reposo. |
Certificado de antigüedad en la AFP, si la fecha de contrato de trabajo es menor a 6 meses. |
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Certificado de antigüedad en la AFP, si la fecha de contrato de trabajo es menor a 6 meses.
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Fotocopia de las 3 liquidaciones de sueldo anteriores al mes que inicia reposo, y fotocopia de las 3 liquidaciones anteriores al 7° mes anterior al mes de inicio del reposo. |
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| Trabajador Independiente |
Certificado de antigüedad en el sistema previsional (1 año anterior al mes de inicio de la licencia médica). |
Certificado de antigüedad en el sistema previsional (1 año anterior al mes de inicio de la licencia médica) |
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6 últimas planillas de pago de cotizaciones a la AFP anteriores al mes de inicio de la licencia médica y dentro del año anterior al mes de inicio de la licencia médica, incluyendo la planilla con el pago del mes anterior al inicio del reposo. |
6 últimas planillas de pago de cotizaciones a la AFP anteriores al mes de inicio de la licencia médica y dentro del año anterior al mes de inicio de la licencia médica, incluyendo la planilla con el pago del mes anterior al inicio del reposo. |
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Documento que certifique la calidad de independiente (iniciación de actividades, declaración de impuestos del año en curso, boletas de honorarios) |
Documento que certifique la calidad de independiente (iniciación de actividades, declaración de impuestos del año en curso, boletas de honorarios). |
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Fotocopia de las 3 planillas de pago de cotizaciones anteriores al 8° mes precedente al mes de inicio del reposo. |
Nota:
- En caso de licencias médicas otorgadas por diagnóstico de origen traumático, como por ejemplo: fracturas, esguinces, heridas, quemaduras, etc., Contraloría Médica solicitará la declaración de accidente del contratante.
- Las licencias médicas por período post-natal se deben recibir sólo con fotocopia de certificado de nacimiento del hijo(a), o certificado de parto.
¿Cuántos días de la licencia me pagará la Isapre?
- Si la licencia médica tiene una duración de más de 10 días, el subsidio se paga desde el primer día.
- Si la licencia médica tiene una duración de 10 días o menos, el subsidio se paga desde el cuarto día.
Por 3 días o menos, no hay derecho a subsidio; sólo hay derecho a pago de aportes previsionales. Sin embargo, puede ocurrir que, habiéndose otorgado una primera licencia médica inferior a 11 días (10 días o menos), se otorgue a continuación otra u otras licencias médicas, por igual diagnóstico, que sumen más de dicho plazo. En este caso, se deberá reponer los 3 primeros días de incapacidad laboral que se habían descontado.
Es importante tener presente que el empleador no tiene la obligación de pagar los 3 primeros días de una licencia médica, excepto que se haya estipulado así por negociación colectiva con los trabajadores.
¿Cuántos días tengo que esperar para que la Isapre me pague el subsidio de una licencia médica?
La Isapre debe pagar el subsidio por una licencia médica con la misma periodicidad que la remuneración, sin que pueda ser superior a un mes.
La primera cuota del subsidio debe pagarse, como máximo, dentro de los 30 días siguientes a la fecha en que se haya presentado la licencia médica.
¿Qué debo hacer si me reducen o rechazan una licencia médica?
En caso de rechazo o modificaciones de la licencia médica, o pago considerado insuficiente, el afiliado puede reclamar ante la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) correspondiente al domicilio fijado en el contrato de salud complementario, dentro del plazo de 15 días hábiles, contado desde la recepción del pronunciamiento de la Isapre.
¿Dónde puedo ver el estado de mi licencia médica?
Para acceder a verificar el estado de tu licencia médica debes ingresar a la sección Mi CruzBlanca, dentro del sitio web de Isapre CruzBlanca.
















