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¿Qué pasa con los derechos que existían anteriormente a esta ley postnatal ?

 

ImagenSe mantienen todos los anteriores derechos, dentro de los cuales se encuentran:

 

- Prenatal, descanso de maternidad 6 semanas antes del parto.

 

- Postanatal, descanso de maternidad 12 semanas después del parto.

 

- Enfermedad grave del niño menor a un año.

Permiso pagado por 5 días para el padre.

- Prenatal Suplementario, si durante el embarazo se produjere enfermedad como consecuencia de este.

 

- Prenatal Prorrogado, cuando el parto se produjere después de las 6 semanas siguientes a la fecha en que la mujer hubiere comenzado el descanso por maternidad.

 

- Postnatal Prolongado, cuando como consecuencia del alumbramiento se produjere una enfermedad, que impidiere regresar al trabajo por un periodo posterior al descanso postnatal.